Academia de oposiciones a Policía Nacional en Almeria.

Academia de oposiciones a Policía Nacional en Almeria

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Plazas

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Son: 2456 plazas

Plazas para 2023-2024: 2458 Plazas

¿Cómo son las oposiciones a Policía Nacional?

Se compone de las siguientes partes:

  1. PRIMERA PRUEBA (Aptitudes físicas):

Primer ejercicio: realización de un recorrido.

Segundo ejercicio hombres: fuerza del tren superior (dominadas).

Ejercicio mujeres: fuerza del tren superior (aguante en posición).

Tercer ejercicio: carrera de 1.000 metros.

  • 2. SEGUNDA PRUEBA (conocimientos):

Conocimientos: 100 preguntas tipo test, con 3 alternativas de respuesta en 50 minutos (45 temas).

  • 3. TERCERA PRUEBA: Consiste en 3 partes eliminatorias:

Reconocimiento médico. Esta prueba tiene como objetivo comprobar que el opositor no presenta ninguna de las causas de exclusión médica.

Entrevista personal. Basada en la realización de un test de personalidad, un cuestionario de información biográfica y/o un currículum vitae por el opositor.

Prueba de psicotécnicos: Consistirán en la realización de uno o varios test dirigidos a determinar las aptitudes (inteligencia general) de la persona aspirante para el desempeño de la función policial con relación a la categoría a la que se aspira. El resultado final de la tercera prueba será de «apto/a» o «no apto/a».

  • 4. Prueba de inglés o francés (solo uno de ellos a elegir)  es de carácter voluntario, suma nota pero no resta en el caso de suspender).

Los aprobados tendrán un periodo de formación docente en la Academia de Policía en Ávila cuya duración aproximada será de 9 meses.

Una vez terminada la formación en Ávila, tendrán 1 año de prácticas, y una vez terminada podrán elegir destino.

Requisitos para ser Policía Nacional. Academia de oposiciones Aula Traintop, Almeria.

Deberás reunir una serie de requisitos para las oposiciones del CNP, antes de finalizar el plazo de admisión de instancias y durante el proceso de selección. En Aula Traintop, academia de oposiciones a Policía Nacional en Almería, te ayudamos con todas tus dudas de exclusiones médicas, pregúntanos.

  1. Tener la nacionalidad española.
  2. Tener 18 años y no exceder de la edad máxima de jubilación.
  3. Estar en posesión del bachillerato o equivalente. Son equivalentes:
    • Tener un FP o un grado superior ya terminado.
    • Tener aprobado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
    • Haber aprobado la prueba de acceso a grado superior, teniendo la ESO. 
  4. Compromiso de portar armas.
  5. No haber sido condenado por delito doloso.
  6. Estar en posesión del permiso de conducir B (coche).
  7. No hallarse incluido en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las tareas propias de la Policía Nacional.

Temario

Son 45 temas, estructurados en tres bloques:

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Somos una academia para preparar oposiciones de Policía Nacional en Almería, con más de 20 años de experiencia, y nos ponemos a tu disposición para acompañarte a lo largo de todo este proceso, proporcionándote todos los recursos necesarios y guiándote para que puedas disfrutar de una formación de calidad de principio a fin. 

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Aula Traintop. Academia de oposiciones en Almería.
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    Cuánto cobra un policía nacional en 2023

    cuanto cobra un policia nacional

    Descubre cuánto cobra un policía nacional en 2023 en España y conoce los factores que influyen en su salario. Si estás pensando en prepararte las oposiciones a Policía Nacional en Almería, debes estar informado de muchos aspectos, comencemos con el salario.

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    Descubre cuánto gana un Policía Nacional

    Si te presentas a las oposiciones de Policía Nacional, es importante que conozcas el sueldo que vas a ganar una vez que apruebes tus oposiciones. Como vamos a ver en este artículo el salario depende de varios factores, tales como la escala, destino, territorio, y retribuciones específicas.

    » Si tu destino, es el Aeropuerto de Barajas, tu sueldo será más alto»

    Salario de un Policía Nacional

    El sueldo de un Policía Nacional de la Escala Básica son 34.000 euros brutos anuales, que repartidos en 14 pagas, son unos 2428 € al mes. Si dudas entre curso para opositar oposiciones a guardia civil, curso para opositar oposiciones a policía nacional, o curso para opositar oposiciones a policía local en Andalucía, conocer los sueldos antes de decidirte, es la mejor decisión. También puedes consultar en nuestro blog, lo qué gana un guardia civil, o un policía local en Andalucía, y tomar la mejor decisión.

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    Factores que influyen en el salario de un policía nacional

    • Escala: a medida que aumenta el rango, tu salario se irá incrementando, conforme vayas ascendiendo dentro del cuerpo a oficial, subinspector, inspector, inspector jefe, comisario y comisario principal
    • Complementos salariales específicos: basados en la dificultad técnica de ciertos puestos, penosidad, responsabilidad, etc..
    • Complementos salariales de productividad: basados en el redimiento
    • Condecoraciones y gratificaciones.
    • Complementos por territorio:
      • Barcelona (capital): 55,68 euros
      • Resto de Cataluña: 42,02 euros
      • Madrid (capital): 184,14 euros
      • Comisarías locales de Madrid: 96,84 euros
      • Aeropuerto de Barajas: 178,42 euros
      • Valencia, Sevilla y Málaga (capitales): 36,76 euros
      • Las Palmas y Tenerife: 146,23 euros
      • Melilla: 53,52 euros
      • Ceuta: 22,74 euros
      • País Vasco y Navarra: 678,61 euros
      • Baleares: 145,10 euros
    • Otros complementos: Los agentes destinados fuera de la península, reciben una indemnización por residencia. La cuantía es mayor en Ceuta y Melilla, pudiendo llegar hasta los 900€, mientras que la más baja sería para Mallorca, de 78€.
    • Circunstancias personales; el hecho de tener o no hijos, estar casado, etc… hacen que tu IRPF aumente o disminuya, con lo que tu sueldo se verá modificado.

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    Estas son las exclusiones médicas para Policía Nacional

    Exclusiones médicas Policía Nacional

    Hay muchas exclusiones médicas para las personas aspirantes al ingreso a la Policía Nacional. Además son exclusiones que no solo se tendrán en cuenta para ser aptos, sino que serán tenidas en cuenta, durante todo el proceso formativo. Por lo tanto apunta muy bien las exclusiones para Policía Nacional, y si tienes alguna duda, consúltalo antes de estar allí. En Aula Traintop, academia de oposiciones a Policía Nacional en Almería, llevamos + de 20 años preparando opositores, y sabemos la importancia que tiene en el proceso selectivo el reconocimiento médico

    Aplicación de las exclusiones médicas, por especialidades.

    Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el que se aprueba el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional.

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    Cuadro médico de exclusiones:

    A. Motivos generales de exclusión

    1. Procesos que imposibiliten la realización de las pruebas físicas.
    2. Procesos que hagan prever la incapacidad para realizar los períodos de formación adecuadamente.
    3. Procesos en los que se prevea que en el futuro serán un motivo de incapacidad psicofísica permanente.
    4. En la revisión de las calificaciones por resultar «no apto» o «no apta ».
    5. Las patologías que por resultar incompatible con las funciones de la Policía Nacional.

    B. Parámetros biológicos, enfermedades y causas generales.

    1. Altura: se establecerá en función de la estatura recogida en el reglamento de procesos selectivos y formación vigente. No se admitirá ningún tipo de cirugía o técnica semejante.
    2. El índice de masa corporal (IMC): no sobrepasará 28 ni será inferior a 18.
    3. Alteraciones de la tensión arterial: la tensión arterial será eliminatoria a partir de 140 mm Hg de sistólica y/o 90 de diastólica.
    4. Anomalías genéticas, congénitas o adquiridas que en opinión de la persona asesora especialista puedan menoscabar en el momento del examen o, previsiblemente en el futuro.
    5. Procesos endocrinometabólicos que produzcan alteraciones morfológicas o funcionales de importancia pronóstica o que requieran terapia sustitutiva continua que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales, evaluados de forma individualizada y con informe emitido por la persona asesora médica designada.
    6. Procesos y enfermedades infecciosas y parasitarias que, por la presencia de trastornos funcionales, por exigir un tratamiento continuo o por su contagiosidad menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales, evaluadas de forma individualizada y con informe emitido por la persona asesora médica designada.
    7. Procesos inmunoalérgicos, de importancia pronóstica y funcional que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
    8. Procesos reumáticos que originen trastornos funcionales.
    9. Tumores malignos y lesiones precancerosas en cualquier localización y estadio, y los tumores benignos que por su tamaño o localización menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
    10. Intoxicaciones crónicas que determinen trastornos anatómicos o funcionales que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
    11. Utilización de cualquier tipo de medicación o droga que pueda disminuir la capacidad de reacción del examinado o que funcionalmente menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.

    C. Piel y tejido celular subcutáneo

    1. Dermatosis extensas y generalizadas de la piel o cuero cabelludo de tendencia crónica o recidivante, o aquellas que por su localización, extensión o estado clínico interfieran con las actividades policiales o con el uso de la uniformidad o dotación profesional que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales, evaluados de forma individualizada y con informe emitido por la persona asesora médica designada.
    2. Dermopatías contagiosas.
    3. Afecciones y cicatrices localizadas que afecten a la movilidad o impidan el uso del equipo reglamentario.
    4. Úlceras inveteradas o con tendencia recidivante.

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    D. Neurología y psiquiatría

    D1. Neurología

    1. Cubiertas membranosas y óseas, y del sistema vascular, que produzcan alteraciones motoras o sensitivas.
    2. Enfermedades crónicas sistematizadas, difusas o en focos, y lesiones de cualquier parte del sistema nervioso central o periférico, o de las meninges, que originen trastornos motores o sensitivos.
    3. Lesiones traumáticas craneoencefálicas, vertebromedulares o de nervios periféricos y sus secuelas que determinen alteraciones morfológicas o funcionales o que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
    4. Epilepsia en todas sus formas. Crisis de actividad comicial (como los llamados equivalentes epilépticos y otras) con hallazgos electroencefalográficos significativos.
    5. Movimientos anormales uni o bilaterales, generalizados o no.
    6. Síndromes neurológicos que cursen con afectación de las funciones corticales.
    7. Enfermedades metabólicas, carenciales, por tóxicos, fármacos y drogas que produzcan alteraciones de los sistemas nerviosos central y periférico.
    8. Paresia, hemiparesia en cualquier localización, aguda o crónica.

    D2. Psiquiatría.

    1. Trastornos mentales orgánicos.
    2. Trastornos mentales y del comportamiento relacionados con el consumo de tóxicos (drogas, psicotropos y/o alcohol), al igual que la evidencia de abuso de los mismos o su detección analítica en el reconocimiento.
    3. Trastornos psicóticos en todas sus expresiones, incluidos los existentes en los antecedentes, aun cuando no exista producción clínica.
    4. Trastornos del estado de ánimo de carácter persistente o recurrente, incluidos los existentes en los antecedentes, aun cuando se encuentren asintomáticos.
    5. Trastornos de ansiedad, trastornos adaptativos, trastornos relacionados con factores estresantes y trastornos somatomorfos que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales o adaptación al medio policial.
    6. Trastornos del comportamiento asociados a disfunciones fisiológicas y/o a factores somáticos que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales o su adaptación a las mismas.
    7. Trastornos de la personalidad y del comportamiento, así como rasgos de personalidad alterados, que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales o su adaptación a las mismas.
    8. Déficits intelectivos (tomando como referencia un cociente intelectual inferior a 90) y/o alteraciones cognitivas que afecten al funcionamiento conceptual, emocional, ejecutivo y/o social, o que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales o su adaptación a las mismas.
    9. Trastornos del desarrollo mental, del comportamiento y de las emociones de comienzo habitual en la etapa infanto-juvenil con persistencia en la edad adulta, y que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales o su adaptación a las mismas.
    10. Trastornos del control de los impulsos que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales o su adaptación al medio policial.
    11. Aquellos otros trastornos mentales y de la conducta que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales, orden público y práctica policial.

    E. Aparato digestivo

    1. Afecciones congénitas o adquiridas de los órganos de la boca o faringe que trastornen la deglución de modo permanente.
    2. Cualquier alteración de los maxilares y del aparato dentario en número, con grado o deformidad, que produzca una incorrecta implantación dentaria que pueda constituir un obstáculo en la masticación.
    3. Sialorrea y fístulas salivares permanentes.
    4. Afecciones del esófago que cursen con disfagia.
    5. Afecciones de estómago, intestino y peritoneo con trastornos orgánicos o funcionales, excepto la enfermedad celiaca.
    6. Afecciones del recto y ano que ocasionen retención, incontinencia o cualquier otra alteración que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
    7. Secuelas postquirúrgicas con trastornos que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
    8. Alteraciones de la pared abdominal incompatibles con la actividad física. Hernias de cualquier tipo y localización, incluso las pequeñas y reducibles.
    9. Fístulas perineales, incluida la sacrocoxígea.
    10. Hepatopatías agudas o crónicas comprobadas mediante analítica-bioquímica. Pancreatitis aguda o crónica.
    11. Esplenectomía.
    12. Trastornos funcionales digestivos incompatibles con el servicio.

    F. Aparato respiratorio

    1. Malformaciones o afecciones del aparato respiratorio, mediastino y caja torácica, que determinen alteraciones morfológicas o funcionales incompatibles con las actividades policiales, entre ellas: insuficiencia respiratoria, trastorno ventilatorio o disnea a medianos esfuerzos.
    2. Enfermedades del intersticio, parénquima y circulación pulmonar que determinen alteraciones morfológicas o funcionales que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
    3. Enfermedades obstructivas de las vías aéreas. Asma bronquial persistente.
    4. Enfermedades infecciosas y parasitarias del aparato respiratorio y sus secuelas.
    5. Neoformaciones benignas y malignas del aparato respiratorio y sus secuelas. Nódulo pulmonar.
    6. Enfermedades del mediastino. Enfermedades de la pleura, neumotórax y sus secuelas que determinen alteraciones morfológicas o funcionales.
    7. Anomalías y disfunción diafragmática que determinen alteraciones morfológicas o funcionales.

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    G. Cardiología y vascular

    1. Alteraciones congénitas o adquiridas del corazón, mediastino, arterias o venas, o secuelas de las mismas, que alteren o puedan alterar en su evolución la normalidad funcional del aparato cardiocirculatorio.
    2. Antecedentes de síncope recidivante.
    3. Enfermedades valvulares.
    4. Síndrome de preexcitación y todos los trastornos del ritmo y la conducción de importancia clínica.
    5. Cardiopatía isquémica en cualquiera de sus manifestaciones.
    6. Insuficiencia cardiaca de cualquier etiología.
    7. Miocardiopatías. Enfermedades del pericardio en fase aguda, recidivantes o que presenten secuelas crónicas.
    8. Portadores de marcapasos, prótesis o injertos cardiovasculares.
    9. Enfermedades de los grandes vasos y fístulas arteriovenosas incluso tras corrección quirúrgica.
    10. Arteriopatías periféricas que puedan producir trastornos funcionales que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
    11. Secuelas postflebíticas significativas, varices significativas. Linfedemas importantes.

    H. Aparato locomotor

    1. Enfermedades, lesiones o anomalías osteomioarticulares que puedan impedir o menoscabar la función policial.
    2. Pérdida total o parcial de una extremidad.
    3. Alteración anatómica o funcional de una o ambas manos o de las estructuras osteoligamentosas que constituyen la articulación de la muñeca, cuando esto provoque una disminución o alteración de la capacidad de prensión y manipulación. En todo caso la mano dominante debe estar integra anatómicamente y funcionalmente
    4. Inestabilidad articular durante la exploración o incongruencia articular objetivada mediante pruebas de imagen.
    5. Reducción de los rangos fisiológicos de movimiento articular.
    6. Desviaciones de la columna vertebral comprobadas mediante técnicas de imagen, con cifosis superior a 45º, escoliosis con ángulo de Cobb superior a 15º, hiperlordosis con eje sacro formando con el eje horizontal un ángulo inferior a 45º; o aquellas que presenten alteraciones morfológicas en cuerpos vertebrales, discos intevertebrales o apófisis articulares.
    7. Alteraciones que cursen con hipotrofia o distrofia de la musculatura de miembros o tronco.
    8. Intervenciones quirúrgicas que alteren significativamente la mecánica osteoarticular y todas aquellas realizadas sobre el aparato locomotor en los 90 días previos a la fecha de reconocimiento médico.
    9. Dismetrías de miembros, superiores a 2 centímetros.
    10. Alteraciones morfológicas de uno o ambos pies que puedan producir intolerancia al uso del calzado reglamentario o a las actividades con bipedestación prolongada.
    11. Procesos patológicos en fase aguda en el momento del reconocimiento médico.
    12. Presencia de material de osteosíntesis que altere la línea articular o que implique riesgo en el ejercicio de las funciones policiales, así como cualquier tipo de cirugía estabilizadora de columna vertebral.
    13. Valgo o varo de miembros inferiores superior a 20º o con repercusión articular.

    I. Aparato de la visión

    1. Afecciones del globo ocular, conjuntivas, párpados, vías lagrimales, sistema motor ocular y cavidad orbitaria, que impida o menoscabe la labor policial.
    2. Pérdida o atrofia de un globo ocular. Cuerpos extraños intraoculares. Cualquier tipo de cirugía intraocular.
    3. Exoftalmos.
    4. Glaucoma.
    5. Dacriocistitis aguda y crónica.
    6. Defectos y deformidades palpebrales que afecten la función palpebral implicando la visión o por exposición del globo ocular. Ptosis. Ectropion. Entropion. Blefaroespasmo.
    7. Conjuntivitis crónicas. Pterigión de marcado desarrollo.
    8. Escleritis y epiescleritis.
    9. Queratitis. Herpes corneal. Leucomas corneales centrales y periféricos. Estafilomas, distrofias y ectasias corneales congénitas y adquiridas. Queratocono. Trasplante corneal y anillos intraestromales corneales.
    10. Técnicas de corrección refractiva: se deberá considerar este apartado en función del resultado de la cirugía refractiva corneal, y habiéndose realizado la cirugía al menos 60 días antes del reconocimiento. No se admitirán lentes fáquicas.
    11. Uveítis. Iridociclitis.
    12. Luxaciones, subluxaciones y ectopias del cristalino. Cataratas y opacidades que afecten a la visión. Afaquia. Pseudoafaquia.
    13. Alteraciones vitreorretinianas degenerativas, inflamatorias, tumorales o traumáticas del fondo de ojo que produzcan trastornos funcionales o sean de mal pronóstico. Cualquier cirugía vitreorretiniana.
    14. Neuritis óptica. Edema papilar. Atrofia óptica.
    15. Estrabismo. Diplopía. Nistagmus. Heterotropia. Motilidad ocular extrínseca anormal.
    16. Visión cromática. No se admitirán discromatopsias, determinadas mediante las tablas de Ishihara u otros medios diagnósticos.
    17. Defectos en el campo visual debido a enfermedades oculares, del sistema nervioso central o traumas.
    18. Agudeza visual lejana: la exigencia de agudeza visual será la siguiente: agudeza visual mínima exigida sin corrección: 0,6 en cada ojo, medición individual.

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    J. Otorrinolaringología

    1. Afecciones congénitas o adquiridas de la pirámide y fosas nasales, boca, faringe, laringe y oído, que perturben la función respiratoria, fonatoria o auditiva.
    2. Rinitis alérgica, simple, atrófica o hipertrófica, que limite la actividad física. Anosmia y parosmia.
    3. Perforaciones del tabique nasal, excepto las de origen traumático, mínimas y asintomáticas.
    4. Sinusopatías comprobadas mediante radiología simple.
    5. Disfonías permanentes que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de la comunicación verbal. La disartria será considerada como causa de exclusión.
    6. Anomalías de la motilidad laríngea que provoquen trastornos ventilatorios permanentes.
    7. Enfermedad recurrente del oído medio, así como las consecutivas a procesos obstructivos tubáricos.
    8. Manifestaciones vertiginosas de cualquier etiología.
    9. Afecciones del oído de importancia pronóstica o que perturben la función auditiva por debajo de los mínimos exigidos.
    10. Hipoacusias: pérdidas auditivas sin corrección por encima de 35 db entre 500 y 3000 Hz y de 45 db a partir de 4000 Hz. Medidos en cada oído de forma individual mediante audiómetro tonal.
    11. Alteraciones anatómicas y fisiológicas que supongan un Síndrome de Apnea Obstructiva del Sueño (SAOS o SAHS).

    K. Aparato urogenital

    1. Nefropatías y cistopatías, insuficiencia renal aguda o crónica.
    2. Ausencia anatómica o funcional de un riñón.
    3. Litiasis con afectación endocrina o alteración de la función renal.
    4. Fístulas urinarias. Incontinencia o retención de orina.
    5. Alteraciones analíticas significativas de la orina.
    6. Epispadias. Hipospadias perineal, escrotal o peneano.
    7. Orquitis u orquiepididimitis no tratadas, recidivantes o resistentes al tratamiento.
    8. Hidrocele o varicocele de relevancia clínica.
    9. Prolapsos genitales.
    10. Infecciones genitales no tratadas, recidivantes o resistentes al tratamiento.
    11. Endometriosis.
    12. Hipertrofia de mama u otra patología mamaria que interfiera con las funciones policiales, la uniformidad o equipación de seguridad policial.
    13. Varicosidades genitales significativas.
    14. Fístulas rectovaginales y vesicovaginales.

    L. Sangre y órganos hematopoyéticos

    1. Afecciones hematológicas que limiten las funciones policiales.
    2. Anemias y leucopenias. Trombocitopenias. (Medidos en analítica y sistemático de sangre).
    3. Síndromes mieloproliferativos y mielodisplásicos.
    4. Hemoblastosis. Leucosis.
    5. Linfomas. Mielomas.
    6. Trastornos de la hemostasia y coagulación.
    7. Hemoglobinopatías con repercusión funcional o importancia pronóstica.
    8. Inmunodeficiencias que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales, evaluados de forma individualizada y con informe emitido por la persona asesora médica designada.
    9. Alteraciones analíticas significativas en sangre.

    También pueden interesarte, las principales diferencias entre las oposiciones de Policía Nacional y Guardia Civil.

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    Diferencias en las oposiciones entre la Policía Nacional y la Policía Local

    Diferencias Policía Nacional y Local

    Si te interesa trabajar como policía pero no tienes claro si optar por el trabajo de un policía local o por el trabajo de un policía nacional, te recomendamos que prestes atención a su principales diferencias, ¿las conoces? Veamos cuáles son sus competencias y las principales características que diferencian ambos Cuerpos.

    Competencias Policía Nacional

    Unas de las principales diferencias en las oposiciones entre la Policía Nacional y Local son las competencias. Las funciones de la policía local y la nacional se encuentran incluidas en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y son las siguientes:

    Serán ejercidas por el Cuerpo Nacional de Policía:

    • La expedición del Documento Nacional de Identidad y de los pasaportes.
    • El control de entrada y salida del territorio nacional de españoles y extranjeros.
    • Las previstas en la legislación sobre extranjería, refugio y asilo, extradición, expulsión, emigración e inmigración.
    • La vigilancia e inspección del cumplimiento de la normativa en materia de juego.
    • La investigación y persecución de los delitos relacionados con la droga.
    • Colaborar y prestar auxilio a las policías de otros países, conforme a lo establecido en los Tratados o Acuerdos Internacionales sobre las Leyes, bajo la superior dirección del Ministerio del Interior.
    • El control de las entidades y servicios privados de seguridad, vigilancia e investigación, de su personal, medios y actuaciones.
    • Aquellas otras que le atribuya la legislación vigente.

    Competencias Policía Local

    Los Cuerpos de Policía Local deberán ejercer las siguientes funciones:

    • Proteger a las autoridades de las corporaciones locales, y vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones.
    • Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación.
    • Instruir atestados por accidentes de circulación dentro del casco urbano.
    • Policía administrativa, en lo relativo a las ordenanzas, bandos y demás disposiciones municipales dentro del ámbito de su competencia.
    • Participar en las funciones de policía judicial.
    • La prestación de auxilio, en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, participando, en la forma prevista en las Leyes, en la ejecución de los planes de protección civil.
    • Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar comisión de actos delictivos en el marco de colaboración establecido en las juntas de seguridad.
    • Vigilar los espacios públicos y colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y con la policía de las Comunidades Autónomas la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, cuando sean requeridos para ello.
    • Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.

    Como puedes observar, el ámbito territorial diferencia el ejercicio de las funciones de ambos cuerpos ya que la policía nacional desempeña sus funciones a nivel estatal mientras que la policía local se circunscribe a un determinado municipio o Ayuntamiento. Una vez vistas las funciones de ambos Cuerpos, veamos cuáles son sus principales ventajas e inconvenientes a la hora de decantarnos por uno de ellos:
    Ventajas comunes a la policía nacional y la local:

    • Te permite trabajar en lo que más te gusta, con la satisfacción añadida de estar trabajando para bien común de la sociedad, lo que es gratificante.
    • Trabajo fijo y estable, con posibilidad de promocionar y horarios flexibles

    Ventajas de ser Policía Nacional

    Estas son las ventajas y desventajas de ser Policía Nacional:

    • Existen distintas unidades especiales (subsuelo y protección ambiental, guías caninos…) que te permiten elegir entre diferentes ámbitos.
    • El número de plazas convocadas es superior al de la policía local y suelen salir una vez al año.
    • La peligrosidad a la que están expuestos los miembros de la policía nacional suele ser superior a la de la policía local.
    • El lugar de destino de la plaza varía, entre otros motivos,  de la nota obtenida y de las plazas convocadas, por lo que seguramente tendrás que trabajar un tiempo fuera de tu municipio (lo cual puede ser una ventaja o inconveniente, según cuáles sean tus preferencias y circunstancias personales).

    Ventajas de ser Policía Local

    Estas son las ventajas y desventajas de ser Policía Local:

    • Por lo general, el sueldo de un policía local suele ser superior al de un nacional, aunque hay diferencias entre los diferentes municipios de España (no es lo mismo trabajar como policía local en Madrid que en un municipio que no alcanza los 5.000 habitantes).
    • El número de plazas que se convocan suelen ser inferior al de la nacional y no hay un criterio fijo de convocatorias anuales sino que cada Ayuntamiento va convocando las plazas según sus necesidades y disponibilidades presupuestarias. No obstante, si no tienes inconveniente en cambiar de ciudad, puedes presentarte en cualquier otro municipio donde convoquen plazas, por lo que tienes más oportunidades de sacarte una plaza como policía local.
    • Puedes trabajar en tu lugar de residencia, si te presentas a las plazas convocadas en tu municipio y obtienes una plaza.

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    Contacta con nosotros en nuestro centro físico, Aula traintop, o en nuestra plataforma digital Traintop.

    Policía nacional ¿Cómo se asciende?

    Oposiciones Policía Nacional

    El ascenso de la Policía Nacional depende de cada escala. En algunos casos el acceso a una determinada categoría solo es posible por promoción interna mientras que en otros se combina esta opción con la oposición libre. Además, en algunas escalas como la Ejecutiva se requiere un título universitario de Grado o equivalente. En Aula Traintop, academia presencial en Almería, para Policía Nacional, te damos las claves que necesitas saber

    Escala Superior

    Comprende dos categorías: Comisario Principal y Comisario.

    Es lo más alto a lo que se puede promocionar. No hay posibilidad de ascender a esta escala si no has sido Inspector Jefe. El ascenso será únicamente por promoción interna en dos modalidades: oposición y antigüedad selectiva.

    Escala ejecutiva

    Comprende dos categorías: Inspector Jefe e Inspector.

    Es la única escala junto a la Básica que permite el acceso por oposición libre desde » la calle «. Por promoción interna se podrá acceder por oposición (tres años en la categoría de Subinspector) y antigüedad selectiva, en ambos casos desde la Escala de Subinspección.

    El ascenso de Inspector a Inspector Jefe será únicamente por promoción interna en dos modalidades: oposición y antigüedad selectiva.

    Escala de Subinspección

    La única de las escalas que cuenta con una sola categoría: Subinspector.

    Solo es posible el acceso si antes has sido Oficial de Policía. El ascenso será únicamente por promoción interna en dos modalidades, oposición (tres años en la categoría de Oficial) y antigüedad selectiva.

    Escala Básica

    Comprende dos categorías: Oficial de Policía y Policía.

    Es la escala de acceso al Cuerpo junto con la escala Ejecutiva. El ascenso a Oficial de Policía será por promoción interna en dos modalidades, oposición (dos años en la categoría de Policía) y antigüedad selectiva.

    Como vemos, Los ascensos en la Policía Nacional por promoción interna obligan al paso por distintas categorías y Escalas y no existe la posibilidad de promocionar saltándose alguna.

    Superar la oposición o la antigüedad selectiva no es suficiente para cambiar de categoría, además se deberá superar un curso de ascenso.

    Pero si lo que están pensando es entrar desde la escala básica, debes conocer los requisitos necesarios para poder acceder, el temario que necesitas preparar, y las diferentes pruebas a las que te vas a enfrentar.

    Requisitos Escala Basica

    1. Tener la nacionalidad española.
    2. Tener 18 años y no exceder de la edad máxima de jubilación.
    3. Tener una estatura mínima de 1.65 para hombres y 1.60 para mujeres.
    4. Estar en posesión del bachillerato o equivalente. Son equivalentes:
      • Tener un FP o un grado superior ya terminado.
      • Tener aprobado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
      • Haber aprobado la prueba de acceso a grado superior, teniendo la ESO.
    5. Compromiso de portar armas.
    6. No haber sido condenado por delito doloso.
    7. Estar en posesión del permiso de conducir B (coche).
    8. No hallarse incluido en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las tareas propias de la Policía Nacional.

    Pruebas de acceso

    1. PRIMERA PRUEBA (Aptitud físicas):

    Primer ejercicio: realización de un recorrido.

    • Segundo ejercicio hombres: fuerza del tren superior (dominadas).
    • Ejercicio mujeres: fuerza del tren superior (aguante en posición).
    • Tercer ejercicio: carrera de 1.000 metros.
    1. SEGUNDA PRUEBA (conocimientos y ortografía):
      • Conocimientos: 100 preguntas tipo test, con 3 alternativas de respuesta en 50 minutos (44 temas).
    2. TERCERA PRUEBA: Consiste en 3 partes eliminatorias:
      • Reconocimiento médico. Esta prueba tiene como objetivo comprobar que el opositor no presenta ninguna de las causas de exclusión médica.
      • Entrevista personal. Basada en la realización de un test de personalidad, un cuestionario de información biográfica y/o un currículum vitae por el opositor.
      • Prueba de psicotécnicos: Consistirán en la realización de uno o varios test dirigidos a determinar las aptitudes (inteligencia general) de la persona aspirante para el desempeño de la función policial con relación a la categoría a la que se aspira. El resultado final de la tercera prueba será de «apto/a» o «no apto/a».
    3. Prueba de inglés o francés (solo uno de ellos a elegir)  es de carácter voluntario, suma nota pero no resta en el caso de suspender).

    Los aprobados tendrán un periodo de formación docente en la Academia de Policía en Ávila cuya duración aproximada será de 9 meses.

    Una vez terminada la formación en Ávila, tendrán 1 año de prácticas, y una vez terminada podrán elegir destino.

    Y una vez conseguida esa plaza, si quieres ascender dentro del cuerpo, tendrás que seguir el itinerario marcado.

    Curso para opositar a Policia Nacional en Almería.

    Si te interesa prepararte esta oposición, pero no sabes por donde comenzar, déjanos ayudarte, en Aula Traintop, academia de oposiciones en Almeria llevamos + de 20 años consiguiendo que se cumplan los sueños de muchos aspirantes a la Escala Básica de Policía Nacional. Para ello contamos con los mejores profesionales del sector, y los más implicados en conseguir tu meta. Llámanos o contacta con nosotros y te ayudaremos en todo el proceso.

    Pruebas físicas. Oposiciones de Policía Nacional

    Oposiciones Policía Nacional

    Para ser Policía Nacional, es muy importante que te prepares a conciencia la primera de las partes: Las pruebas físicas de Policía Nacional. En Aula Traintop, curso para opositar a Policía Nacional en Almería, llevamos 20 años preparando de forma integral a nuestros alumnos, y no dejamos al azar, ninguna de ellas, incluidas las pruebas físicas. Debes tener en cuenta que esta prueba es eliminatoria, es decir, que si no la superas no pasarás a la siguiente fase y tendrás que esperar a la siguiente convocatoria para volver a intentarlo.

    En estas pruebas de aptitud física deberás superar tres ejercicios. Cada una de estos ejercicios se califican con una puntuación de 0 a 10. Si en algún ejercicio obtienes una puntuación de 0, supondrá tu eliminación. La calificación de las pruebas físicas ser calculará haciendo la media del resultado obtenido en cada ejercicio, y deberás obtener una calificación de un 5 para aprobar y pasar a la siguiente fase.

    Pruebas físicas Policía Nacional. Aula Traintop

    Los ejercicios que tendrás que llevar a cabo en las pruebas físicas serán:

    • Circuito de agilidad.
    • Dominadas / barra
    • Carrera de 1.000 metros

    Primer ejercicio: Circuito de agilidad.

    El circuito de agilidad consiste en realizar un recorrido por un circuito en el menor tiempo posible. Se trata del único ejercicio en el que tendrás dos oportunidades, de manera que si haces nulo en el primer intento tendrás otra oportunidad en un segundo intento. Será nulo cualquier intento en el que el opositor derribe alguno de los banderines o vallas que delimitan el circuito o se equivoque en el recorrido.

    En la siguiente imagen puedes ver el circuito que tendrás que hacer. El recorrido está definido por las líneas, indicando las líneas continuas que tienes que pasar por debajo de la valla y las discontinuas que deberás pasar por encima.

    Segundo Ejercicio, de las pruebas físicas en las oposiciones a Policía Nacional

    Este ejercicio no será el mismo para opositores y opositoras. En el caso de los opositores tendrás que realizar el mayor número de dominadas y las opositoras tendrán que mantenerse en suspensión durante el mayor tiempo posible.

    Ejercicio de los opositores: dominadas

    En el inicio del ejercicio, el opositor parte en suspensión total en la barra, con las palmas de las manos orientadas al frente y los brazos totalmente extendidos. Se deberán realizar el mayor número de flexiones. Para que estas dominadas se contabilicen la barbilla deberá superar totalmente la barra en la subida y los brazos se deben extender totalmente en el movimiento de bajada.

    No se permite ningún tipo de balanceo o movimiento de piernas que facilite el ejercicio. Los opositores solo tendrán un único intento.

    Ejercicio de los opositoras: suspensión

    En el inicio del ejercicio, la opositora parte en la posición de suspensión en la barra, con las palmas de las manos orientadas atrás, los brazos flexionales, la barbilla por encima de la barra y las piernas extendidas. La aspirante deberá mantenerse en esta posición el mayor tiempo posible.

    Se dará por finalizado el ejercicio en el momento que la barbilla se sitúe por debajo de la barra o la toque. Al igual que en el caso de los opositores, las opositoras solo tendrán un único intento.

    Tercer ejercicio: carrera de 1.000 metros.

    Este ejercicio consiste en una carrera continua de 1.000 metros, que se llevará a cabo en una pista al aire libre, por lo que el desarrollo de la prueba puede verse afectada por factores climatológicos.

    La puntuación de esta prueba dependerá del tiempo que aspirante tarde en recorrer los 1.000 metros de recorrido. Solo habrá un único intento.

    Aula Traintop. Expertos en Policía Nacional

    Causas de exclusión de las pruebas físicas.

    El Tribunal Calificador, de forma aleatoria cuando lo estime oportuno, podrá realizar pruebas de consumo de sustancias de dopaje, destinadas a aumentar la capacidad física o a modificar los resultados de la prueba. Todos aquellos opositores que den positivo al consumo de estas sustancias quedarán eliminados. Estos análisis antidopaje se realizarán según las normas del Consejo Superior de Deportes.

    Tal y como se ha comentado previamente, el opositor deberá llevar un certificado médico que confirme que acredite que cumple con las condiciones físicas necesarias para realizar los ejercicios. El Tribunal Calificador podrá solicitar en cualquier momento este certificado, quedando expulsado de la oposición todo aquel que no disponga de tal documento.

    A todos los opositores se le asigna fecha para la realización de las pruebas físicas, siendo expulsados de la oposición todos aquellos aspirantes que no comparezcan en las fechas en las que han sido convocados, independientemente del motivo o el justificante que puedan presentar. Además, una vez que se publique la lista de admitidos, no se permite cambio de sede o fecha para la realización de las pruebas físicas bajo ningún concepto.

    Embarazo o parto y las pruebas físicas de la oposición a Policía Nacional

    En caso de que una opositora no se encuentre en disposición de realizar las pruebas físicas debido a que se encuentra embarazada o ha dado a luz en fechas cercanas a estas pruebas, podrá realizar el resto de pruebas de la oposición a Policía Nacional y posponer la realización de las pruebas físicas a la siguiente convocatoria, siempre y cuando haya superado las otras pruebas de la oposición.

    Si en la siguiente convocatoria estuviera en la misma situación, no pudiendo hacer las pruebas físicas por otro embarazo o parto, la opositora podrá volver a posponer la realización de las pruebas físicas a la siguiente convocatoria.

    Si en esta segunda convocatoria, la aspirante tampoco pudiera realizar las pruebas físicas, será expulsada del proceso de oposición.

    ¿Dónde se realizan las pruebas físicas?

    Todos los opositores admitidos en la oposición a Policía Nacional harán las pruebas físicas en la Academia de Ávila. Sin embargo, aquellos opositores que durante el proceso de oposición justifiquen que su lugar de residencia está fijado en las Islas Baleares o en las Islas Canarias podrán realizar las pruebas de aptitud física en Palma de Mallorca y en las Palmas de Gran Canaria respectivamente.

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      La entrevista personal en las oposiciones de Policía Nacional

      Entrevista personal Policía Nacional

      Si vas pasando las pruebas de esta oposición, y ya estás pensando en la entrevista personal para la Policía Nacional, seguramente te harás muchas preguntas, y te surgirán nervios, y dudas. En nuestra academia Aula Traintop, llevamos + de 20 años preparando esta prueba, y te vamos a contar detenidamente, todo el proceso, para intentar aclararte el máximo de dudas.

      Lo primero que tienes que tener en cuenta, es que la entrevista personal para Policía Nacional, comienza mucho antes de lo que estás pensando, y es que en el proceso de selección, vas a tener que realizar un biodata, y un test de personalidad.

      Primera parte de la entrevista a Policía Nacional: Biodata y test de personalidad

      Ten en cuenta, que a través de estos formularios, biodata y test de personalidad, las personas que te entrevisten, ya tienen mucha información sobre ti, por lo que en la entrevista personal, usaran dicha información para realizarte las preguntas que consideren pertinentes. Así que tenemos que pensar muy bien, lo que vamos a escribir, porque después tendremos que defenderlo en la entrevista. Y será nuestro perfil, el que determine si somos aptos o no para convertirnos en Policía Nacional

      • El biodata, suele constar de 30 preguntas que hay que responder en 30 minutos. De tal forma que la dificultad está en el tiempo que tenemos. Nuestro consejo es practicar esos biodatas, para tener agilidad y responder en el tiempo permitido
      • El test de personalidad, trata de analizar los rasgos de tu persona, que seas resolutivo, tolerante, trabajador, comprometido, aptitud de servicio, leal, ser capaz de trabajar bajo presión, y tu motivación para ser Policía Nacional, entre otros aspectos. Hay que responder con seguridad, y evitando los extremos en las respuestas, tipo nunca o siempre.

      ¿Cómo es la entrevista personal en las oposiciones de Policía Nacional?

      Dentro de la sala, tendrás el primer contacto ante el tribunal que se encargará de entrevistarte y verificar tus datos. Es aquí cuando te plantarán preguntas relacionadas con lo que has escrito previamente en tu biodata y test de personalidad. Además tendrás que llevar un Currículo, que le entregarás al personal, y que también será usado para la entrevista. Generalmente estarán dos personas realizando preguntas aleatoriamente, sobre tus aficiones, motivaciones personales, profesionales, hobbys, temas de familia, legislación, supuestos prácticos en los que se te pide tu opinión sobre la forma de intervenir…etc..

      Suele durar unos 20 – 30 minutos, aunque hay alumnos a los que han tenido hasta 6o minutos realizándole la entrevista.

      Te vamos a dejar una serie de tips, a tener en cuenta para afrontar esta parte con éxito.

      Entrevista personal para Policía Nacional
      • Aspecto físico. Hay que transmitir una imagen profesional, seria y cuidada.
      • Saluda a todos los miembros del tribunal. Solo tienes que mirarles a los ojos y sonreírles, y si ellos te ofrecen su mano, saludas de forma educada.
      • Debes evitar ponerte nervioso. Aunque sabemos que eso es muy difícil, pero te ayudará a evitar tics, o movimientos bruscos al expresarte. Para evitar estos nervios, lo mejor es preparar previamente la entrevista, y no dejar al azar la última prueba y no menos importante por ello, ya que es la definitiva.
      • La comunicación verbal es muy importante, pero la no verbal también. Tu postura y tus movimientos tienen que trasmitir confianza, seguridad y una actitud positiva y de motivación por lo que estás a punto de conseguir.
      • Y por último, tu tono de voz. Piensa que es la herramienta con la que te vas a vender, y no se te debe notar alterado, titubeante o nervioso en exceso.

      ¿Sobre qué te van a preguntar en la entrevista de la Policía Nacional?

      Suelen ser aspectos sencillos, sobre todo los relacionados con tu vida personal, y tus opiniones respecto temas de actualidad, o hechos ocurridos o supuestos por ellos. Trata de no mostrarte radical, evitar los extremos en las respuestas siempre te beneficiará, pero si te piden que «te mojes» hazlo, porque no hacerlo denota falta de iniciativa y decisión. Te vamos a dejar algunas de las preguntas más repetidas en la entrevista, para que puedas ir pensando en las respuestas. Pero sin duda la más importante es ¿ Por qué quiere usted ser policía?

      • ¿Es la primera vez que se presenta a esta oposición?
      • ¿Por qué ha elegido este cuerpo y no otro?
      • ¿Qué estudios tiene?
      • ¿Está usted nervioso?
      • ¿En qué ha trabajado antes?
      • Enumere cualidades y defectos de su persona
      • ¿Qué diferencia hay para usted entre un amigo y un compañero?
      • ¿Qué trabajos ha desempeñado anteriormente?
      • ¿Qué trabajo es el que más le llama la atención dentro de la Policía?

      ¿Cómo preparamos en Aula Traintop, la entrevista?

      Nuestro sistema es totalmente individualizado. En ningún caso, trabajamos la entrevista en grupo, ya que entendemos que cada persona tiene que expresarse en libertad y sin tener al lado, a tus competidores.

      Así que partiendo de esta premisa, quedamos con el/la alumno/a, y en una primera ocasión, le damos una serie de pautas, y analizamos su biodata y Currículo Vitae. En el caso de que su CV no responda a nuestras expectativas, lo modificamos y lo mejoramos.

      Después se conciertan hasta 3 entrevistas individualizadas, que se analizan una vez hechas, con el candidato delante, y anotando cada respuesta tanto verbal como no verbal.

      Si quieres saber más, no lo dudes y contacta con nosotros, en 20 años, podemos decir, que tenemos un índice medio de aprobados en la entrevista del 95%. Así que no dejes al azar una prueba tan importante.

      950 48 02 03 Aula Traintop. Estamos en el Paseo de las Lomas, El Ejido. Almería. Y si vives lejos de nuestra sede física, no te preocupes, tenemos plataforma online, donde podemos trabajar en videollamada contigo y obtener los mismos resultados que si vienes de forma presencial.

      Entrevista personal para Policía Nacional

      Exclusiones médicas de Policía Nacional. Aula Traintop, academia de oposiciones, Almería.

      Exclusiones médicas Policía Nacional. Aula Traintop

      Hay muchas exclusiones médicas de Policía Nacional, que los aspirantes a conseguir una plaza, tienen que tener en cuenta, antes de comenzar la preparación de estas oposiciones. En Aula Traintop, academia de oposiciones, en Almería, especializada en Fuerzas y cuerpos de seguridad, queremos que lo tengas claro desde el principio, y ponemos a tu disposición, todo el desglose de dichas exclusiones.

      Si estas pensando en prepararte las oposiciones a Policía Nacional en Almeria, no dudes en pasarte y probar en nuestro centro, con más de 20 años de experiencia, nuestros resultados nos avalan, y nuestros alumnos nos recomiendan. Año tras año, conseguimos unos altos índices de aprobados.

      Aplicación del cuadro médico de exclusiones de Policía Nacional.

      Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el que se aprueba el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional.

      A. Motivos generales de exclusión 

      1. Procesos que imposibiliten la realización de las pruebas físicas.
      2. Procesos que hagan prever la incapacidad para realizar los períodos de formación adecuadamente.
      3. Procesos en los que se prevea que en el futuro serán un motivo de incapacidad psicofísica permanente.
      4. En la revisión de las calificaciones por resultar «no apto» o «no apta ».
      5. Las patologías que por resultar incompatible con las funciones de la Policía Nacional.

      B. Parámetros biológicos, enfermedades y causas generales.

      1. Altura: se establecerá en función de la estatura recogida en el reglamento de procesos selectivos y formación vigente. No se admitirá ningún tipo de cirugía o técnica semejante.
      2. El índice de masa corporal (IMC): no sobrepasará 28 ni será inferior a 18.
      3. Alteraciones de la tensión arterial: la tensión arterial será eliminatoria a partir de 140 mm Hg de sistólica y/o 90 de diastólica.
      4. Anomalías genéticas, congénitas o adquiridas que en opinión de la persona asesora especialista puedan menoscabar en el momento del examen o, previsiblemente en el futuro.
      5. Procesos endocrinometabólicos que produzcan alteraciones morfológicas o funcionales de importancia pronóstica o que requieran terapia sustitutiva continua que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales, evaluados de forma individualizada y con informe emitido por la persona asesora médica designada.
      6. Procesos y enfermedades infecciosas y parasitarias que, por la presencia de trastornos funcionales, por exigir un tratamiento continuo o por su contagiosidad menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales, evaluadas de forma individualizada y con informe emitido por la persona asesora médica designada.
      7. Procesos inmunoalérgicos, de importancia pronóstica y funcional que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
      8. Procesos reumáticos que originen trastornos funcionales.
      9. Tumores malignos y lesiones precancerosas en cualquier localización y estadio, y los tumores benignos que por su tamaño o localización menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
      10. Intoxicaciones crónicas que determinen trastornos anatómicos o funcionales que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
      11. Utilización de cualquier tipo de medicación o droga que pueda disminuir la capacidad de reacción del examinado o que funcionalmente menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.

      C. Exclusiones médicas: Piel y tejido celular subcutáneo

      1. Dermatosis extensas y generalizadas de la piel o cuero cabelludo de tendencia crónica o recidivante, o aquellas que por su localización, extensión o estado clínico interfieran con las actividades policiales o con el uso de la uniformidad o dotación profesional que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales, evaluados de forma individualizada y con informe emitido por la persona asesora médica designada.
      2. Dermopatías contagiosas.
      3. Afecciones y cicatrices localizadas que afecten a la movilidad o impidan el uso del equipo reglamentario.
      4. Úlceras inveteradas o con tendencia recidivante.

      D. Exclusiones médicas: Neurología y psiquiatría

      D1. Neurología

      1. Cubiertas membranosas y óseas, y del sistema vascular, que produzcan alteraciones motoras o sensitivas.
      2. Enfermedades crónicas sistematizadas, difusas o en focos, y lesiones de cualquier parte del sistema nervioso central o periférico, o de las meninges, que originen trastornos motores o sensitivos.
      3. Lesiones traumáticas craneoencefálicas, vertebromedulares o de nervios periféricos y sus secuelas que determinen alteraciones morfológicas o funcionales o que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
      4. Epilepsia en todas sus formas. Crisis de actividad comicial (como los llamados equivalentes epilépticos y otras) con hallazgos electroencefalográficos significativos.
      5. Movimientos anormales uni o bilaterales, generalizados o no.
      6. Síndromes neurológicos que cursen con afectación de las funciones corticales.
      7. Enfermedades metabólicas, carenciales, por tóxicos, fármacos y drogas que produzcan alteraciones de los sistemas nerviosos central y periférico.
      8. Paresia, hemiparesia en cualquier localización, aguda o crónica.

      D2. Psiquiatría.

      1. Trastornos mentales orgánicos.
      2. Trastornos mentales y del comportamiento relacionados con el consumo de tóxicos (drogas, psicotropos y/o alcohol), al igual que la evidencia de abuso de los mismos o su detección analítica en el reconocimiento.
      3. Trastornos psicóticos en todas sus expresiones, incluidos los existentes en los antecedentes, aun cuando no exista producción clínica.
      4. Trastornos del estado de ánimo de carácter persistente o recurrente, incluidos los existentes en los antecedentes, aun cuando se encuentren asintomáticos.
      5. Trastornos de ansiedad, trastornos adaptativos, trastornos relacionados con factores estresantes y trastornos somatomorfos que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales o adaptación al medio policial.
      6. Trastornos del comportamiento asociados a disfunciones fisiológicas y/o a factores somáticos que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales o su adaptación a las mismas.
      7. Trastornos de la personalidad y del comportamiento, así como rasgos de personalidad alterados, que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales o su adaptación a las mismas.
      8. Déficits intelectivos (tomando como referencia un cociente intelectual inferior a 90) y/o alteraciones cognitivas que afecten al funcionamiento conceptual, emocional, ejecutivo y/o social, o que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales o su adaptación a las mismas.
      9. Trastornos del desarrollo mental, del comportamiento y de las emociones de comienzo habitual en la etapa infanto-juvenil con persistencia en la edad adulta, y que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales o su adaptación a las mismas.
      10. Trastornos del control de los impulsos que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales o su adaptación al medio policial.
      11. Aquellos otros trastornos mentales y de la conducta que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales, orden público y práctica policial.

      E. Exclusiones médicas: Aparato digestivo 

      1. Afecciones congénitas o adquiridas de los órganos de la boca o faringe que trastornen la deglución de modo permanente.
      2. Cualquier alteración de los maxilares y del aparato dentario en número, con grado o deformidad, que produzca una incorrecta implantación dentaria que pueda constituir un obstáculo en la masticación.
      3. Sialorrea y fístulas salivares permanentes.
      4. Afecciones del esófago que cursen con disfagia.
      5. Afecciones de estómago, intestino y peritoneo con trastornos orgánicos o funcionales, excepto la enfermedad celiaca.
      6. Afecciones del recto y ano que ocasionen retención, incontinencia o cualquier otra alteración que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
      7. Secuelas postquirúrgicas con trastornos que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
      8. Alteraciones de la pared abdominal incompatibles con la actividad física. Hernias de cualquier tipo y localización, incluso las pequeñas y reducibles.
      9. Fístulas perineales, incluida la sacrocoxígea.
      10. Hepatopatías agudas o crónicas comprobadas mediante analítica-bioquímica. Pancreatitis aguda o crónica.
      11. Esplenectomía.
      12. Trastornos funcionales digestivos incompatibles con el servicio.

      F. Exclusiones médicas: Aparato respiratorio

      1. Malformaciones o afecciones del aparato respiratorio, mediastino y caja torácica, que determinen alteraciones morfológicas o funcionales incompatibles con las actividades policiales, entre ellas: insuficiencia respiratoria, trastorno ventilatorio o disnea a medianos esfuerzos.
      2. Enfermedades del intersticio, parénquima y circulación pulmonar que determinen alteraciones morfológicas o funcionales que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
      3. Enfermedades obstructivas de las vías aéreas. Asma bronquial persistente.
      4. Enfermedades infecciosas y parasitarias del aparato respiratorio y sus secuelas. 
      5. Neoformaciones benignas y malignas del aparato respiratorio y sus secuelas. Nódulo pulmonar.
      6. Enfermedades del mediastino. Enfermedades de la pleura, neumotórax y sus secuelas que determinen alteraciones morfológicas o funcionales.
      7. Anomalías y disfunción diafragmática que determinen alteraciones morfológicas o funcionales.

      G. Exclusiones médicas: Cardiología y vascular

      1. Alteraciones congénitas o adquiridas del corazón, mediastino, arterias o venas, o secuelas de las mismas, que alteren o puedan alterar en su evolución la normalidad funcional del aparato cardiocirculatorio.
      2. Antecedentes de síncope recidivante.
      3. Enfermedades valvulares.
      4. Síndrome de preexcitación y todos los trastornos del ritmo y la conducción de importancia clínica.
      5. Cardiopatía isquémica en cualquiera de sus manifestaciones.
      6. Insuficiencia cardiaca de cualquier etiología.
      7. Miocardiopatías. Enfermedades del pericardio en fase aguda, recidivantes o que presenten secuelas crónicas.
      8. Portadores de marcapasos, prótesis o injertos cardiovasculares.
      9. Enfermedades de los grandes vasos y fístulas arteriovenosas incluso tras corrección quirúrgica.
      10. Arteriopatías periféricas que puedan producir trastornos funcionales que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
      11. Secuelas postflebíticas significativas, varices significativas. Linfedemas importantes.

      H. Exclusiones médicas: Aparato locomotor

      1. Enfermedades, lesiones o anomalías osteomioarticulares que puedan impedir o menoscabar la función policial.
      2. Pérdida total o parcial de una extremidad.
      3. Alteración anatómica o funcional de una o ambas manos o de las estructuras osteoligamentosas que constituyen la articulación de la muñeca, cuando esto provoque una disminución o alteración de la capacidad de prensión y manipulación. En todo caso la mano dominante debe estar integra anatómicamente y funcionalmente
      4. Inestabilidad articular durante la exploración o incongruencia articular objetivada mediante pruebas de imagen.
      5. Reducción de los rangos fisiológicos de movimiento articular.
      6. Desviaciones de la columna vertebral comprobadas mediante técnicas de imagen, con cifosis superior a 45º, escoliosis con ángulo de Cobb superior a 15º, hiperlordosis con eje sacro formando con el eje horizontal un ángulo inferior a 45º; o aquellas que presenten alteraciones morfológicas en cuerpos vertebrales, discos intevertebrales o apófisis articulares.
      7. Alteraciones que cursen con hipotrofia o distrofia de la musculatura de miembros o tronco.
      8. Intervenciones quirúrgicas que alteren significativamente la mecánica osteoarticular y todas aquellas realizadas sobre el aparato locomotor en los 90 días previos a la fecha de reconocimiento médico.
      9. Dismetrías de miembros, superiores a 2 centímetros.
      10. Alteraciones morfológicas de uno o ambos pies que puedan producir intolerancia al uso del calzado reglamentario o a las actividades con bipedestación prolongada.
      11. Procesos patológicos en fase aguda en el momento del reconocimiento médico.
      12. Presencia de material de osteosíntesis que altere la línea articular o que implique riesgo en el ejercicio de las funciones policiales, así como cualquier tipo de cirugía estabilizadora de columna vertebral.
      13. Valgo o varo de miembros inferiores superior a 20º o con repercusión articular.

      I. Exclusiones médicas: Aparato de la visión

      1. Afecciones del globo ocular, conjuntivas, párpados, vías lagrimales, sistema motor ocular y cavidad orbitaria, que impida o menoscabe la labor policial.
      2. Pérdida o atrofia de un globo ocular. Cuerpos extraños intraoculares. Cualquier tipo de cirugía intraocular.
      3. Exoftalmos.
      4. Glaucoma.
      5. Dacriocistitis aguda y crónica.
      6. Defectos y deformidades palpebrales que afecten la función palpebral implicando la visión o por exposición del globo ocular. Ptosis. Ectropion. Entropion. Blefaroespasmo.
      7. Conjuntivitis crónicas. Pterigión de marcado desarrollo.
      8. Escleritis y epiescleritis.
      9. Queratitis. Herpes corneal. Leucomas corneales centrales y periféricos. Estafilomas, distrofias y ectasias corneales congénitas y adquiridas. Queratocono. Trasplante corneal y anillos intraestromales corneales.
      10. Técnicas de corrección refractiva: se deberá considerar este apartado en función del resultado de la cirugía refractiva corneal, y habiéndose realizado la cirugía al menos 60 días antes del reconocimiento. No se admitirán lentes fáquicas.
      11. Uveítis. Iridociclitis.
      12. Luxaciones, subluxaciones y ectopias del cristalino. Cataratas y opacidades que afecten a la visión. Afaquia. Pseudoafaquia.
      13. Alteraciones vitreorretinianas degenerativas, inflamatorias, tumorales o traumáticas del fondo de ojo que produzcan trastornos funcionales o sean de mal pronóstico. Cualquier cirugía vitreorretiniana.
      14. Neuritis óptica. Edema papilar. Atrofia óptica.
      15. Estrabismo. Diplopía. Nistagmus. Heterotropia. Motilidad ocular extrínseca anormal.
      16. Visión cromática. No se admitirán discromatopsias, determinadas mediante las tablas de Ishihara u otros medios diagnósticos.
      17. Defectos en el campo visual debido a enfermedades oculares, del sistema nervioso central o traumas.
      18. Agudeza visual lejana: la exigencia de agudeza visual será la siguiente: agudeza visual mínima exigida sin corrección: 0,6 en cada ojo, medición individual.

      J. Exclusiones médicas: Otorrinolaringología

      1. Afecciones congénitas o adquiridas de la pirámide y fosas nasales, boca, faringe, laringe y oído, que perturben la función respiratoria, fonatoria o auditiva.
      2. Rinitis alérgica, simple, atrófica o hipertrófica, que limite la actividad física. Anosmia y parosmia.
      3. Perforaciones del tabique nasal, excepto las de origen traumático, mínimas y asintomáticas.
      4. Sinusopatías comprobadas mediante radiología simple.
      5. Disfonías permanentes que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de la comunicación verbal. La disartria será considerada como causa de exclusión.
      6. Anomalías de la motilidad laríngea que provoquen trastornos ventilatorios permanentes.
      7. Enfermedad recurrente del oído medio, así como las consecutivas a procesos obstructivos tubáricos.
      8. Manifestaciones vertiginosas de cualquier etiología.
      9. Afecciones del oído de importancia pronóstica o que perturben la función auditiva por debajo de los mínimos exigidos.
      10. Hipoacusias: pérdidas auditivas sin corrección por encima de 35 db entre 500 y 3000 Hz y de 45 db a partir de 4000 Hz. Medidos en cada oído de forma individual mediante audiómetro tonal.
      11. Alteraciones anatómicas y fisiológicas que supongan un Síndrome de Apnea Obstructiva del Sueño (SAOS o SAHS).

      K. Exclusiones médicas: Aparato urogenital

      1. Nefropatías y cistopatías, insuficiencia renal aguda o crónica.
      2. Ausencia anatómica o funcional de un riñón.
      3. Litiasis con afectación endocrina o alteración de la función renal.
      4. Fístulas urinarias. Incontinencia o retención de orina.
      5. Alteraciones analíticas significativas de la orina.
      6. Epispadias. Hipospadias perineal, escrotal o peneano.
      7. Orquitis u orquiepididimitis no tratadas, recidivantes o resistentes al tratamiento.
      8. Hidrocele o varicocele de relevancia clínica.
      9. Prolapsos genitales.
      10. Infecciones genitales no tratadas, recidivantes o resistentes al tratamiento.
      11. Endometriosis.
      12. Hipertrofia de mama u otra patología mamaria que interfiera con las funciones policiales, la uniformidad o equipación de seguridad policial.
      13. Varicosidades genitales significativas.
      14. Fístulas rectovaginales y vesicovaginales.

      L. Exclusiones médicas: Sangre y órganos hematopoyéticos

      1. Afecciones hematológicas que limiten las funciones policiales.
      2. Anemias y leucopenias. Trombocitopenias. (Medidos en analítica y sistemático de sangre).
      3. Síndromes mieloproliferativos y mielodisplásicos.
      4. Hemoblastosis. Leucosis.
      5. Linfomas. Mielomas.
      6. Trastornos de la hemostasia y coagulación.
      7. Hemoglobinopatías con repercusión funcional o importancia pronóstica.
      8. Inmunodeficiencias que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales, evaluados de forma individualizada y con informe emitido por la persona asesora médica designada.
      9. Alteraciones analíticas significativas en sangre.

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      La vocación es algo muy importante para llegar a ser Policía  y en nuestra academia de oposiciones a Policía Nacional en Almería, Aula Traintop, lo sabemos. Se trata de una profesión donde se exige estar siempre al servicio de los demás, un gran compromiso con la sociedad y desempeñar el trabajo con una gran dedicación.

      Para ser un buen candidato a policía se requiere tener una serie de rasgos psicológicos determinados, una buena formación y una serie de valores y actitudes. Se debe poseer un gran autocontrol para hacer frente a situaciones difíciles, ser tolerante, tener empatía y mostrar interés por los demás. Hay profesiones en las que puede trabajar cualquier persona que se prepare ese examen, pero sólo aquellos que sienten autentica vocación de ser Policía Nacional, serán el referente dentro del cuerpo. En nuestra academia puedes prepararte la oposicion a Policía Nacional en Almería, llevamos + de 20 años consiguiendo que las vocaciones se cumplan, y los sueños, sean logros conseguidos.

      Es primordial a la hora de decidirse a prepararse para esta profesión tener claro que vas a adquirir un compromiso firme con la sociedad, y a soportar situaciones que requieren un alto grado de tolerancia al estrés. Si lo que quieres es dedicar tu vida a ayudar a los demás, defender los valores de la sociedad y luchar por el respeto y la convivencia pacífica de los ciudadanos, esta es tu profesión.

      Desde Aula TrainTop, nuestra sede física, de academia de oposiciones a Policía Nacional en Almería, creemos que las razones para ser policía se basan en la satisfacción personal. Trabajar en una profesión vocacional es algo que no se paga con dinero. Y si hay algo en lo que están de acuerdo la mayoría de los policías, es que ésta lo es.

      Vamos a ver los principales argumentos para ser policía. ¿Te idenfitican? Ven a Aula Traintop, academia de oposiciones a Policía Nacional en Almería.

      1. Trabajarás en lo que te gusta

      No hay nada como levantarse por la mañana e ir contento a trabajar. Es cierto que en todas las profesiones se nota la rutina, pero cuando tienes vocación y disfrutas lo que haces las cosas se ven de otra manera. Durante tus jornadas como policía (sea nacional, guardia civil, local o autonómico), te encontrarás con situaciones que te obligarán a pensar y a encontrar soluciones para todo tipo de problemas.

      Esta necesidad de desarrollar el pensamiento creativo es una de las mayores satisfacciones que te aportará tu trabajo. Y si lo haces bien, seguro que conseguirás destacar y promocionar. Tenlo en cuenta: los profesionales que más se implican suelen ser los que mejores perspectivas laborales tienen…

      2. Sentirás la satisfacción del deber cumplido

      Desbaratar un entramado ilegal después de meses de investigación y de seguimiento; liberar a un grupo de personas que explotadas y esclavizadas por una organización criminal; terminar con una situación de violencia de género; encontrar a los artífices de un robo «perfecto», cuando todo el mundo pensaba que se habían librado… Se nos ocurren estas situaciones, pero hay muchísimas más.

      Todas ellas tienen en común la satisfacción por solucionar situaciones de injusticia e ilegalidad. Gracias a tu trabajo como policía, muchas personas recuperarán su bienestar y su tranquilidad.

      3. Obtendrás el agradecimiento de la sociedad

      Realizarás un servicio imprescindible a la sociedad. En este sentido, la policía se encuentra al mismo nivel que otras instituciones básicas, como por ejemplo  los sanitarios o los bomberos. Sin ellos, nuestra sociedad sería un caos imposible de gestionar.

      No hay que remontarse mucho en el tiempo. Durante los peores momentos de la crisis causada por el Covid-19 los distintos cuerpos de policía han echado el resto para mejorar las condiciones de vida de los ciudadanos españoles.

      Al igual que todos los días la gente salía a los balcones a aplaudir a los sanitarios, también fueron muchas las muestras de agradecimiento a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Y a todos nos gusta que reconozcan nuestros esfuerzos. Por eso este es un buen motivo para ser policía.

      4. Un trabajo para toda la vida

      Como integrante del Cuerpo Nacional de Policía, pasarás a formar parte del cuerpo de funcionarios del estado. Y todos sabemos las ventajas que eso tiene. Tendrás un trabajo fijo y estable hasta que te jubiles. Y eso no es todo: cuando cumplas 55 años, pasarás al estado de «segunda actividad» con todos los beneficios que ello conlleva.

      5. Tendrás un salario más que aceptable

       Un Policía Nacional de escala básica cobrará 1.770 euros al mes y 21.244 euros al año y a partir de ahí la cifra se va elevando:

      1.  Oficial de Policía: 23.110 euros al año y 1.925 euros al mes.
      2.  Subinspector: 25.788 euros al año y 2.149 al mes.
      3.  Inspector: 30.848 euros al año y 2.570 al mes.
      4.  Inspector jefe: 32.408 euros al año y 2.700 al mes.
      5.  Comisario: 36.859 euros al año y 3.071 al mes.
      6.  Comisario principal: 28.263 euros al año y 3.188 al mes.

      De todos modos, estos datos son orientativos por todas las variables que existen, pero sirven para hacerse una idea.

      6. Posibilidad de progresar en la carrera profesional

      Las oportunidades de promoción dentro del Cuerpo Nacional de Policía son muy interesantes. Lo normal es comenzar por la Escala Básica, primero como Policía y después como Oficial de Policía. En los años siguientes y a través de las convocatorias de concurso-oposición para promoción interna, podrás ir progresando y alcanzar una de las plazas convocadas. Con más ventajas y mejores salarios. ¡Ah! Y también podrás subir en el escalafón mediante lo que se conoce como «antigüedad selectiva».

      7. Vacaciones «de primera»

      Como policía nacional tendrás derecho a 22 días hábiles de vacaciones, a los que hay que sumar los puentes, festivos y días de asuntos propios. Estos últimos empiezan siendo 7 días, pero con el tiempo llegarán hasta 14 días. Lo mismo sucede con las vacaciones: los 22 días iniciales se transformarán en 28 días, a medida que vayas acumulando antigüedad.

      8. Te entrenarás en las últimas técnicas policiales

      Trabajar como policía en el siglo XXI no tiene nada que ver con hacerlo allá por los años 70 u 80. La tecnología y las técnicas policiales han avanzado a la velocidad de la luz. Como profesional, te formarás en estas prácticas y descubrirás procedimientos fascinantes para trabajar en equipo. Si lo tuyo es la investigación, la deducción y la colaboración, ¡disfrutarás como nunca!

      9. Vivirás experiencias únicas

      Es lógico que los policía sean protagonistas de tanta literatura, cine y televisión. Aunque es cierto que existen muchas plazas con trabajo «de oficina», la gran mayoría de los profesionales patrullan las calles y realizan su trabajo sobre el terreno. A medida que vayas promocionando, podrás elegir destinos y funciones que se ajusten a tu vocación.

      10. En la Policía harás amigos para toda la vida

      Los trabajos que tienen que ver con la defensa de la sociedad y de los ciudadanos crean lazos indisolubles. Como parte de equipos o parejas conocerás a muchísima gente, y seguro que gran parte de ellos se convertirán en parte de tu vida. Ya desde la Escuela de Policía, empezarás a entablar relaciones con otros aspirantes como tú. Y seguro que nunca les olvidarás.

      Sistema de trabajo en Aula Traintop, preparacion de oposiciones a Policía Nacional en Almería

      Nuestros + 20 de años de experiencia en el sector, nos han hecho ser un referente de esta oposición, a nivel provincial de forma física, en nuestra sede de Almería. Nuestros temarios, preparadores, y resultados, con la combinación de nuestras clases presenciales y nuestra plataforma online, son la clave de nuestro éxito. La mayoría de nuestros alumnos son de toda la provincia de Almería, aunque por nuestro enclave físico y excelentes resultados, también tenemos alumnos a nivel presencial de las provincias de granada, incluso málaga. Sin duda desde que iniciamos la andadura de nuestra plataforma online, hemos crecido en toda España, llegando a ciudades, donde antes no lo hubiéramos ni pensado.

      Nuestro sistema de trabajo, en nuestra academia de oposiciones de Policía Nacional en Almería, en el cual preparamos todas las pruebas que integran esta oposición, junto a la implicación del equipo humano que la gestiona, son claves para obtener unos resultados excelentes, año tras año.

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